El Congreso de la República expidió la ley 1518 de abril 23 de 2012, "Por medio del cual se aprueba el Convenio Internacional para la protección de las Obtenciones Vegetales, UPOV 1991". Esta es una de las tres leyes sobre el tema de propiedad intelectual que afanosamente aprobó el Congreso para que el Presidente Obama le diera la bendición a la entrada en vigencia del TLC, ya que una de sus cláusulas es la obligación de suscribir UPOV 91[1]; el Estado colombiano juiciosamente ha cumplido la tarea como lo han hecho México, Chile, Perú y los países centroamericanos, en sus respectivos TLC.
Esta norma protege las semillas manipuladas; prohíbe la siembra, el uso y la multiplicación de las semillas criollas y legitima únicamente la utilización de semillas extranjeras; además promueve la explotación y apropiación de los recursos naturales en pocas manos y atenta contra el patrimonio genético del país, contra la soberanía alimentaria -en especial de las comunidades indígenas, afro descendientes y campesinas-, y los usos y costumbres ancestrales, originando en las comunidades la pérdida de sus culturas y territorios y desconociendo que las semillas criollas son fruto del trabajo de varias generaciones que desde épocas ancestrales las han mejorado garantizando la soberanía, la autonomía y la seguridad alimentaria no sólo de ellos, sino de buena parte de la población, y, que en tal sentido, al ser patrimonio colectivo del pueblo no pueden ser objeto de apropiación por parte de particulares. En los últimos años el gobierno colombiano ha aprobado varias leyes y normas sobre semillas que son el marco jurídico para entregarle a transnacionales el control de las semillas.
La Ley 1518 de 2012 por medio de la cual se aprueba el "Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales" desconoce disposiciones de rango superior y desarrollos normativos y jurisprudenciales internacionales que consagran las obligaciones del Estado de garantizar y respetar los derechos de quienes están bajo su jurisdicción y específicamente la obligación de velar por la soberanía y seguridad alimentaria de la población. El Convenio Internacional ratificado por medio de la Ley 1518, sin garantizar el derecho fundamental a la consulta previa de las minorías étnicas, busca la concesión y consecuente protección de derechos de obtentor de géneros y especies vegetales estableciendo, por un lado, determinadas condiciones que no pueden cumplir las variedades nativas y criollas porque el mejoramiento genético que han realizado los agricultores se basa en un enfoque y principios totalmente diferentes al que realizan los fitomejoradores modernos, y por otro, los alcances de su reconocimiento protegiendo intereses económicos de algunos e imponiendo el uso de semillas protegidas legalmente por requerimiento de las empresas transnacionales.
Acceder al siguiente link para apoyar:
http://www.avaaz.org/es/petition/Salva_las_semillas_limpias_la_diversidad_y_la_cultura_en_Colombia/?fRTAefb&pv=18
http://www.avaaz.org/es/petition/Salva_las_semillas_limpias_la_diversidad_y_la_cultura_en_Colombia/?fRTAefb&pv=18
Tomado de: http://www.semillas.org.co
http://semillasdeidentidad.blogspot.com/2012/06/presentamos-intervencion-contra-upov-91.html#uds-search-results
Monsanto y los transgenicos:
http://www.youtube.com/watch?v=LdIkq6ecQGw